Una vez presentado el formulario, la Dirección General de Defensa al Consumidor intimará a la empresa para que brinde una respuesta y en su caso fijará una fecha para realizar una audiencia de conciliación.
La audiencia de conciliación sirve para que vos expliques los hechos y tus pretensiones. Y para que la parte denunciada pueda proponer una forma de resolver la situación. En caso de que en la primera audiencia no haya acuerdo, se podrá convocar a una segunda audiencia de conciliación.
En caso de llegar a un acuerdo, las partes firmarán un documento que será validado por la Oficina. En caso de que no se llegue a un acuerdo, la Dirección analizará si se produjo una infracción a la Ley de Defensa del Consumidor. Si la hubo, se sugerirá al juez de Faltas la aplicación de sanciones.
En caso de que la parte denunciada no se presente a las audiencias de conciliación se sugerirá una sanción. Si es una multa, el importe se destinará a una cuenta municipal para el desarrollo y el fortalecimiento del área de Defensa del Consumidor.
El inicio de este proceso no inhabilita la posibilidad para el consumidor o usuario afectado de recurrir a la Justicia.
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